En lo que parece ser una de las últimas acciones del PAN y la coalición “Por Puebla al Frente”, su representante Óscar Pérez Córdova Amador, presentó ante la Sala Superior del Tepjf una solicitud de recusación o impedimento para que el magistrado José Luis Vargas Valdez se abstenga de conocer los juicios promovidos por Miguel Barbosa Huerta y Morena, quienes impugnaron el triunfo de Martha Erika Alonso Hidalgo.

En un comunicado enviado este lunes, el blanquiazul informó del inicio del procedimiento con el cual pretenden detener el proceso que no sólo tumbaría el triunfo de Alonso Hidalgo, sino también podría desencadenar en la destitución y sanción de los siete consejeros del Instituto Electoral del Estado (IEE), organismo electoral que mostró una pronta respuesta a todas las solicitudes del PAN pero actuó con dilación en cuanto se trataban de las causas de Morena o sus aliados.

En sus argumentos el PAN advierte que el magistrado violó “múltiples normas jurídicas” que regulan el comportamiento de un juzgador, como la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, el Reglamento Interno del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación y el Código Modelo de Ética Judicial Electoral, que instruye a los titulares de los órganos jurisdiccionales a observar una conducta ejemplar que sirva de modelo para sus colaboradores.

Fue este domingo 2 de diciembre cuando Vargas Valdez presentó a través de redes sociales su proyecto de sentencia sobre las impugnaciones por la elección, en el cual propone anular la elección al considerar que se violó la custodia de la paquetería electoral, hubo violencia en casillas y errores por parte del IEE.

De acuerdo con el PAN, al publicar en una cuenta personal de Twitter, el magistrado vulneró el deber de confidencialidad de los expedientes e incurrió en la prohibición de hacer de “del conocimiento de las partes o de cualquier otra persona el sentido de algún proyecto antes de que se resuelva el asunto respectivo, según el artículo 146 del Reglamento Interior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación”.

Y es que ,el asunto aún no se discute ni resuelve, por lo que el magistrado Vargas Valdez tuvo un comportamiento antiético además de que comprometió la independencia, imparcialidad y objetividad de todo el Tepjf.

Dicho acto, además, atrajo injustificadamente la atención a su persona en detrimento del comportamiento institucional que debe regir la función de un juzgador electoral, lo que, además, pone en duda la imparcialidad y la objetividad con la que debe conducirse, pues, con dicha publicación, se prejuzgó el asunto sometido a su conocimiento, de tal suerte que en lugar de resolver jurisdiccionalmente las dinámicas políticas, su actuar ha politizado aún más la resolución del asunto.

Finalmente le exigen al Tepjf que Vargas Valdez quede fuera del análisis, pues tiene una “opinión subjetiva” de lo ocurrido en Puebla.

El proceder de Vargas Valdez vulneró los principios de legalidad, imparcialidad, objetividad, profesionalismo, independencia y confidencialidad (todos rectores de la función jurisdiccional y la materia electoral), lo que conlleva dos consecuencias diversas: a) la actualización de un impedimento subjetivo para conocer del asunto, al carecer de la imparcialidad y objetividad necesarias para ello, y b) la actualización de una responsabilidad administrativa por actuación irregular.