Hilda Flores

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó avalar la prohibición de las peleas de gallos en el estado de Veracruz, por tratarse de una medida que garantiza el bienestar de los animales.

Los magistrados determinaron que la prohibición de las peleas de gallos no vulnera el derecho a la cultura, dado que esta actividad no puede considerarse una expresión cultural amparada por la Constitución, debido a que la práctica supone maltrato y sufrimiento innecesario de los animales.

“La prohibición de las peleas de gallos es constitucional porque se trata de una medida idónea y necesaria para garantizar el bienestar animal, al tiempo que el grado en el que se consigue esa finalidad compensa las afectaciones a los derechos de propiedad sobre las aves de pelea y la libertad de trabajo de las personas”, indica la sentencia.

Por otro lado, la Primera Sala reconoció que las normas impugnadas afectan los derechos de propiedad sobre las aves de pelea y la libertad de trabajo de las personas que se dedican a organizar peleas de gallos.

Sin embargo, aclaró que la sentencia no se trata de una afectación desproporcionada en atención a la finalidad que persiguen dichas normas, que es la protección del bienestar animal.