Por considerar que los bloqueos en Twitter vulneran el derecho al acceso de información de los ciudadanos, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que los servidores públicos no podrán bloquear a ciudadanos.

Lo anterior al resolver el amparo en revisión 1005/2018 tramitado por el periodista Miguel Ángel Cardona en contra del fiscal de Veracruz, Jorge Winckler Ortíz.

Bloquear usuarios en dicha red social se ha convertido en una de las prácticas más recurrentes de funcionarios, sin embargo de acuerdo con la Segunda Sala de la SCJN el bloqueo es un acto de autoridad que implica una restricción indebida al derecho de acceso a la información del comunicador.

Este criterio aplicará si los contenidos compartidos tienen relevancia pública y es información de interés general, tal y como lo hizo Winckler Ortíz quien voluntariamente utilizó su cuenta como medio de difusión para compartir, entre otros, información relacionada con su gestión como fiscal y con ello colocó a su cuenta de Twitter en una posición de mayor escrutinio público.

Además, la resolución no determina que el derecho a la privacidad de los servidores públicos deba ser limitado en todos los casos, pues existe un contenido mínimo de ese derecho que debe ser respetado, sin embargo en el caso del fiscal no se expresaron razones suficientes para considerar que su cuenta de Twitter pueda ser calificada como privada, ni mucho menos que la información ahí contenida sea de carácter reservado, cuya difusión vulnere su derecho a la privacidad, ni que haya encontrado algún comportamiento abusivo del periodista, añade el fallo.

La reacción

Tras el fallo que aplicará para todos los funcionarios públicos uno de los primeros en pronunciarse fue Fernando Fernández Noroña, quien tuiteó un “vayánse al carajo” aunque fue “con todo respeto”.

Y es que el ahora diputado federal es uno de los políticos más activos en esta red social que además se suma a innumerables discusiones con usuarios y trolles.

No obstante él dejó en claro que no acataría el fallo y poco después respaldó su acción bloqueando un usuario que lo insultó.

Mientras otros como la periodista Sanjuana Martínez, hoy directora de Notimex optó por añadir a la biografía de su perfil el mote de “cuenta personal”, para evitar ser obligada a desbloquear a los usuarios.

Sin embargo en su caso se criticó que con 307 mil seguidores y hasta horas previas al fallo de la Corte, compartió contenido relacionado con su nuevo encargo en Notimex.

De acuerdo con la SCJN la orden de desbloquear al periodista no es una medida desproporcional que afecte injustificadamente el derecho a la privacidad del servidor público, toda vez que éste posee un umbral de protección menos extenso que el de las personas privadas.