El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) ordenó al SAT dar a conocer nombres y montos de los casos en que a empresas se les condonó el pago de impuestos durante el sexenio del presidente Enrique Peña Nieto.

La resolución se dio ya que un particular solicitó al SAT el nombre de las empresas a las que se condonó el pago de impuestos durante el sexenio de Enrique Peña Nieto, así como el nombre y los montos de las empresas con más condonaciones en los últimos seis años.

Sin embargo, el Servicio de Administración Tributario (SAT) argumentó que se trata de información clasificada por secreto fiscal, con fundamento en la fracción II del artículo 113 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, el artículo 69 del Código Fiscal de la Federación y la fracción VII del artículo 2 de la Ley Federal de los Derechos del Contribuyente.

No es la primera vez que se le ordena al SAT que entregue información sobre condonación de impuestos a empresas. Ya han existido otras resoluciones en ese sentido, pero el Servicio ha utilizado recursos legales para mantener la opacidad.

Sin embargo en esta ocasión, Gabriel Regis López, juez Primero de Distrito en Materia Administrativa en la Ciudad de México, resolvió que el SAT atenta contra el derecho a la información y el derecho a la justicia al negarse a transparentar los datos.

Sin embargo, el SAT impugnó esa resolución que lo obligaba a publicar quiénes se han visto beneficiados por el programa de condonación o cancelación de adeudos fiscales, el cual sólo en 2013 benefició a 36 empresas, con un monto de 80 mil millones que tenían que pagar de impuestos.

En 2015, el INAI resolvió el recurso RDA 5354/15 a favor de la organización Fundar, Centro de Análisis e Investigación, donde se había ordenado al SAT transparentar los montos y la información sobre los beneficiarios que recibieron una condonación y cancelación de adeudos fiscales, en el periodo 2007 a mayo 2015.

Pero de nuevo el SAT incumplió con la resolución, y Fundar también presentó un amparo, “alegando la violación al derecho de acceso a la información y al derecho de acceso a la justicia”.