Los perros callejeros que estorben el tránsito o rompan bolsas de basura podrán ser sacrificados en el municipio de Puerto Deseado de la región de Santa Cruz, Argentina, donde se aprobó la ordenanza 6933/18 como “método de control poblacional canino”.

Además también se prevé inhibir y multar a quienes den comida o agua a los animales sin hogar, ya que dicha localidad sufre de una sobrepoblación de perros.

De acuerdo con medios locales, la comunidad carece de refugios de animales por lo que los concejales concluyeron que la mejor solución era sacrificarlos.

Juan Raúl Martínez, presidente del Concejo Deliberante del municipio de Puerto Deseado, defendió la decisión al aseverar que la problemática “se ha vuelto crítica”, pues su presencia en las calles conlleva situaciones de riesgo para la población por mordeduras y contagio de enfermedades, pues al romper las bolsas generan contaminación ambiental.

Además también limita a los ciudadanos del municipio a tener hasta dos perros máximo por vivienda; incluso se “castigará a quien ofrezca agua y comida a los perros vagabundos“.

En caso de que un can con hogar se extravié, los amos tendrán hasta 48 horas para hallarlo, si no será considerado como perro callejero y, por lo tanto, podrá ser sacrificado.

Por su parte, la abogada animalista, Graciela Fayt, indicó que “la ordenanza demoniza a los animales”.

Asimismo, dijo que hay una contradicción en el término usado en el documento para referirse al sacrificio de animales sanos (sacrificio eutanásico) y que faltan motivos de peso para justificar la matanza de animales que fueron abandonados en las calles.

Mientras, el descontento por la ordenanza no solo se ha dado entre los habitantes de Puerto Deseado, sino también entre miembros de la Cámara de Diputados de Argentina a donde ya llegó la discusión y se prevé tomen cartas en la discusión sobre “la eutanasia como medio de control de la población de perros”.