A pesar de que no contaron con el consenso de todos los magistrados, por mayoría Napoleón Gómez Urritia, por Morena y Miguel Ángel Mancera Espinosa, por el PAN conservarán sus candidaturas plurinominales al Senado.

De acuerdo con el resolutivo de los magistrados del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), los candidatos no violaron ni el artículo 55 o el artículo 32.

Solo los magistrados José Luis Vargas, Felipe Fuentes y Alfonso Soto, coincidieron en negarles el derecho sin embargo, en ambos casos contaron con la aprobación de cinco magistrados más.

En el caso de la candidatura de Mancera Espinosa, exjefe de gobierno de la Ciudad de México, (quien renunció para poder participar por el cargo que hoy ostenta), viola el artículo 55.

De acuerdo con la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, “los gobernadores de los estados y el Jefe de Gobierno de la Ciudad de México no podrán ser electos en las entidades de sus respectivas jurisdicciones durante el periodo de su encargo, aun cuando se separen definitivamente de sus puestos”.

Sin embargo para los magistrados el que el perredista esté incluido en una lista de representación proporcional, no se circunscribe a una región específica, sino que obedece a una circunscripción nacional, por lo que no se podía considerar que inequidad en la contienda.

Cabe recordar que su candidatura fue impugnada por el PRI, PES e incluso por Mirelle Montes, consejera nacional del PAN y Gustavo Madero.

En el caso del exlíder minero, acusado de un desvío de recursos y autonombrado “perseguido político”, quien se exilió en Canadá durante 12 años e incluso obtuvo su nacionalidad, los magistrados vieron violación alguna en el requisito de ser mexicano de nacimiento.

De acuerdo con la máxima autoridad del país, aunque el líder minero haya vivido 12 años y adquirido la nacionalidad todo se arregló cuando presentó su certificado de nacionalidad mexicana por nacimiento, el cual fue validado a pesar de contar con una doble nacionalidad.

Respecto al artículo 55 que exige a los candidatos “tener al menos 6 meses de residencia en alguna entidad de la circunscripción que buscan representar”, al haber nacido en México cumplió con el requisito, además de que al igual con Mancera aplicaron que al estar en una lista de representación proporcional, se está obedeciendo a una circunscripción nacional.