La Comisión de Justicia del Comité Ejecutivo Nacional (CEN) del PAN, determino que el Comité Directivo Municipal de PAN violó el derecho de petición de Rafael Micalco Méndez, al negarle la carta de salvedad, la cual impidió su registro como aspirante a la dirigencia estatal.

Luego de que Micalco Méndez promoviera un recurso de reconsideración, ante la vulneración de sus derechos, este miércoles 10 de octubre fue aprobado el resolutivo, donde se precisa que el secretario general del CDM y el Comité Directivo Estatal, que encabeza Jesús Giles Carmona,  afectaron el derecho del exdiputado federal de conocer su condición como militante del Partido Acción Nacional.

El secretario general del CDM del PAN justificó ante la Comisión de Justicia que no entregó la carta del exdirigente estatal del PAN debido a que hizo una consulta a la dirigencia estatal y ésta le informó sobre la resolución tomada por la Comisión Anticorrupción, de sugerir la inhabilitación del Micalco por el presunto daño patrimonial al partido.

“La autoridad responsable señala que debido a la resolución emitida a través del acuerdo CA/011/2017 por la Comisión Anticorrupción del partido, mediante la cual solicita a la Comisión de Orden y Disciplina Intrapartidista del Consejo Nacional, le imponga al actor y a otras personas ahí señaladas, la sanción consistente en la inhabilitación para ser dirigente partidista por un periodo de tres años, le es imposible emitir el documento solicitado por el militante, pues aduce que al no tener conocimiento de la solicitud realizada por la Comisión Anticorrupción infiere una alta probabilidad de que el militante haya sido sancionado con la inhabilitación solicitada”, indica el resolutivo.

Ante ello, en dicho resolutivo se aclaró  que “este razonamiento resulta erróneo debido a que si el Comité Directivo Municipal no  cuenta con alguna notificación que impida la entrega de la constancia de salvedad de derechos, este se encuentra no únicamente en aptitud para entregarla, sino con la obligación de hacerlo”.

Puntualizó que la negativa de entregar la constancia no solamente viola el derecho de petición de Micalco, sino también el de presunción de inocencia, el cual es la garantía que tiene de ser tratado como inocente mientas no se compruebe su culpabilidad en el hecho del que se le acusa.

Por lo anterior, la Comisión de Justicia ordenó al CDM del PAN informar por escrito a Rafael Micalco en un plazo de cinco días, si existe algún elemento legal que no permita la entrega de constancia de salvedad de derechos partidistas, y en caso de no existir impedimento en el periodo acordado, se deberá expedir un documento que haga constar que ha cumplido con sus obligaciones como militante de Acción Nacional.

Tras conocer la determinación del órgano partidista, Micalco anunció a través de sus redes sociales que la resolución demuestra que “prevalece el ánimo de bloquear a militantes dentro del partido y desprecian los preceptos democráticos que se debe privilegiar en toda competencia interna”.

Asimismo, subrayó que tras la conclusión del proceso de renovación del Comité Ejecutivo Nacional y la resolución del Tepjf sobre la elección a la gubernatura, recurrirá a los órganos correspondientes para que se reponga la elección del dirigente estatal.

“Vamos por una nueva convocatoria que se emita una vez que tengamos nuevo Comité Ejecutivo Nacional y que el litigio de la Gubernatura haya concluido, dado que el actual presidente del Estatal ha roto las condiciones de equidad y transparencia mínimas que deben existir en una contienda interna” precisó.

Cabe recordar que Rafael Micalco ya fue presidente estatal el PAN en dos ocasiones; la primera en el periodo 2006-2009 y la segunda del 2012 al 2015, por lo que esta es la tercera vez que busca ser dirigente estatal de Acción Nacional.