Karen Jurado

La Comisión Permanente de Quejas y Denuncias del Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana (IEPC) de Chiapas, en sesión ordinaria, aprobó el inicio de procedimiento, radicación, admisión y emplazamiento por la queja formulada en contra del presidente municipal de Yajalón y del residente municipal de Venustiano Carranza, así como de la presidenta del DIF municipal de Cintalapa por probable promoción personalizada.

También aprobaron un acuerdo de medidas cautelares en contra de estos servidores públicos para que, de forma inmediata, retiren su propaganda exhibida en página de Facebook, así como en otras redes sociales.

Esto deberán realizarlo dentro de las 48 horas siguientes a la notificación de dicho acuerdo y, al término del mismo, deberán informar dentro de las siguientes 24 horas de su cumplimiento y, de hacer caso omiso, podrían ser acreedores a la aplicación de cualquiera de las medidas previstas en el artículo 19, en relación con el artículo 24, párrafo 2, del Reglamento para los Procedimientos Administrativos Sancionadores del IEPC.

Cabe recordar que, el artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, señala que todas y todos los servidores públicos que tengan bajo su responsabilidad recursos públicos, deberán aplicarlos con imparcialidad, respetando la equidad de la contienda electoral y quedando prohibido difundir propaganda que incluya nombres, imágenes, voces o símbolos que impliquen promoción personalizada de cualquier servidor público.