El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Tepjf) desechó la impugnación de Sergio Mastretta Guzmán para anular la casilla en la que votó con lo que no sólo el Tepjf da la razón al TEEP, sino que también beneficia a Martha Erika Alonso Hidalgo, gobernadora electa de Puebla, quien estaría ganando el “primer round”.

Desde el pasado 11 de octubre el periodista acudió al Tribunal Electoral del Estado de Puebla (TEEP) para que este turnara a la Sala Superior su expediente SUP-JDC-499/2018, en el que demanda que se reconozca su interés jurídico como ciudadano para solicitar la anulación de la casilla en la que ejerció su sufragio.

Fues este miércoles cuando finalmente su impugnación se dictaminó, casi cinco horas después de que iniciara la sesión, pese a que era el primer recurso a resolver los magistrados lo dejaron al final.

Durante la lectura del proyecto se argumentó que Mastretta Guzmán no acreditó interés jurídico en el tema, además de que en ningún momento se vulneró su derecho a votar, pues el activista sí pudo depositar su sufragio en la urna, pese a que poco después su casilla seria vandalizada y todos los votos de la misma anulada.

El actor carecía de interés jurídico para controvertir vía recurso de inconformidad la validez de la elección de la gubernatura, y de la votación obtenida en el décimo noveno distrito electoral local, pues advirtió del propio dicho del impugnante que este participó en la pasada jornada comicial mediante la emisión de su voto. En consecuencia, su derecho a votar no se vio vulnerado, lo cual no se encuentra controvertido en la demanda de juicio ciudadano, por consiguiente se advierte que fue conforme a derecho la sentencia emitida por el tribunal responsable, en virtud de que el accionante no acreditó tener interés jurídico directo por la afectación frontal, real y efectiva a su esfera jurídica.

También se exigió acreditar su personalidad e interés jurídico considerado como requisitos tácitos, requisito que -a criterio del TEEP- Mastretta no reunió.

Con ello se confirma la resolución del Tribunal Electoral del Estado de Puebla (TEEP), quien consideró que el juicio promovido era inoperante pues entre los requisitos que se exigen a los recurrentes en sus actas de demandas se encuentran sus datos generales, identificación del acto combatido, así como la autoridad responsable conjuntamente con la relatoría de los hechos, agravios y preceptos que transgredió, además de las “pruebas necesarias e idóneas para acreditar lo dicho”.

Finalmente, por unanimidad los magistrados Janine Otálora Malassis, Felipe Fuentes Barrera, Indalfer Infante Gonzales,Felipe De La Mata Pizaña, Reyes Rodríguez Mondragón, Mónica Aralí Soto Fregoso y José Luis Vargas Valdez, desecharon la impugnación del activista.

Sin embargo cabe recordar que en caso de Puebla aún quedan dos juicios a resolver, el de Morena y el Miguel Barbosa Huerta, por la cual el destino de la gubernatura de Puebla aún está en el aire.