La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Tepjf), resolvió sancionar al Sindicato Único de Trabajadores del ayuntamiento de Puebla y la Sección 25 del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Secretaría de Salud de Puebla por organizar eventos proselitistas en favor del entonces candidato a gobernador por Morena, Miguel Barbosa Huerta.

Tales acciones habrían influido en la participación de los agremiados, confirmaron los magistrados al resolver los proyectos SUP-REP-119/2019 y SUP-REP-120/2019, promovidos en contra de sentencias dadas por la Regional Especializada del órgano jurisdiccional en contra de los sindicatos antes mencionados.

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Ahora los líderes gremiales deberán pagar multas por 8 mil 499 pesos, ya que los magistrados coincidieron en que los miembros de un sindicato no deben ser reclutados o dirigidos a eventos para cuestiones de privilegiar el voto de algún candidato.

“Esto facilita o crea condiciones para que los líderes sindicales puedan utilizar los beneficios del sindicato como una moneda de cambio para que los miembros del gremio voten a favor de una propuesta política en concreto”, puntualizó el magistrado Reyes Rodríguez Mondragón.

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En el mismo espacio también se resolvió, por unanimidad de votos, que el PRI deberá cubrir las sanciones impuestas luego de que se detectaron irregularidades en sus informes correspondientes al ejercicio 2015.

En la sesión los magistrados revocaron la sentencia emitida por el Tribunal Electoral de Michoacán, ya que éste había dejado sin efectos la multa al argumentar que se había vencido el plazo de 120 días para cobrarse.

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Las sanciones le fueron impuestas en 2016, luego de que se detectaron irregularidades en sus informes anuales de ingresos y egresos correspondientes al ejercicio 2015, las cuales ascienden a nueve millones 686 mil 924 pesos.

Sin embargo, el proyecto de resolución de la magistrada Mónica Aralí Soto Fregoso destacó que se contaba con un plazo de cinco años, además de que el INE posee la facultad de fiscalizar los recursos de los partidos políticos, determinar infracciones e imponer sanciones.

La magistrada también argumentó que el Instituto de Ciencia, Tecnología e Innovación de Michoacán mantiene un interés jurídico, luego de que el INE había determinado que los recursos derivados de las sanciones “serían destinados al organismo local encargado de la promoción, fomento y desarrollo de la ciencia, tecnología e innovación de la entidad federativa correspondiente”.

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Por ello, tras confirmar el acuerdo del Instituto Electoral de Michoacán por el que informó al PRI que de su financiamiento público de 2019 en dicha entidad se le cobrarán las multas que le fueron impuestas en 2016 por el Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE).