La Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) de la SHCP detectó presuntos movimientos irregulares en las cuentas de José Luis Vargas Valdez, magistrado del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Tepjf).

De acuerdo con Reforma, el magistrado habría cuadriplicado sus ingresos de 2013 al 2017, también se habrían identificado manejos millonarios en tarjetas de crédito, aportaciones de gobiernos estatales, además de depósitos en efectivo para el funcionario electoral.

Vargas Valdez fue el magistrado que propuso la nulidad de la elección y la revocación de la constancia de mayoría a Martha Erika Alonso Hidalgo, sin embargo su propuesta fue desechada luego de que la entonces presidenta Janine Otálora Malassis diera su voto de calidad a favor de desechar el proyecto.

En los depósitos destacan los 500 mil pesos provenientes del gobierno de Sonora, una transferencia de 400 mil en 2016 y otras dos de 200 mil pesos y 220 mil pesos, en 2018.

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También habría adquirido dos inmuebles valuados en más de 7.5 millones de pesos, y se observó una evolución extraordinaria de sus ingresos en sus últimas cinco declaraciones anuales ante Hacienda.

Mientras que a partir del 4 de noviembre de 2016, cuando llegó al Tepjf, registró un incremento en sus ingresos de 54 por ciento, tras cobrar dos meses y un aguinaldo, declarando ingresos por 3 millones 334 mil pesos.

En 2017, una vez más duplicaría sus ingresos al declarar 7 millones de pesos 270 mil 317 pesos, y reportaría movimientos por 14 millones 96 mil 478 pesos, entre 2016 y 2018, a través de una tarjeta American Express a su nombre.

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Tan sólo sus ingresos de 2017 fueron 63 por ciento más altos en comparación a los 4 millones 451 mil 601 pesos que gana en promedio un magistrado electoral.

Al respecto, el titular de la UIF afirmó que la información de este diario no provino del organismo que encabeza.

“La información que hoy publica un medio de circulación nacional no provino de la UIF. En cualquier caso, cuando se tiene información relevante se presenta ante las autoridades competentes no ante los medios de comunicación”.

Cabe mencionar que al obtener el cargo de magistrado, el funcionario tiene prohibido recibir ingresos laborales o profesionales que no provengan de su encargo judicial, con base en el artículo 101 de la Constitución federal.

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