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20 mayo, 2020

Redacción PH

En Puebla agresiones al personal médico se castigarán con cárcel

Redacción

El Congreso de Puebla aprobó con 30 votos a favor, dos votos en contra y ocho abstenciones, castigar con seis años de prisión a quien agreda a personal médico, público y privado, durante una emergencia sanitaria.

La iniciativa fue enviada por el gobernador Miguel Barbosa Huerta y reforma los artículos 357 y 438 Bis del Código Penal.

Su aprobación se dio en medio de críticas y reclamos de algunos diputados que criticaron que en el Congreso del Estado, de mayoría morenista, se ignoraran propuestas similares presentadas con anterioridad, por lo que consideraron que únicamente se está trabajando a favor del gobernador.

Y es que, previo a que llegara la propuesta del gobernador Oswaldo Jiménez López del PAN, Carlos Morales Martínez de Movimiento Ciudadano, Gerardo Islas Maldonado de Nueva Alianza y Tonantzin Fernández Díaz de Morena, promovieron propuestas similares.

En tanto, José Juan Espinosa Torres, del Partido del Trabajo, advirtió que la iniciativa no garantiza la seguridad del personal médico fuera del periodo de emergencia sanitaria.

El respeto se tiene que dar los 365 días del año bajo cualquier condición o normalidad a la que vayamos a regresar (…) no van a terminar las agresiones.

Crítica similar hizo la panista Mónica Rodríguez Della Vecchia al advertir que el dictamen se quedaba corto, no obstante fue la morenista María del Carmen Cabrera, presidenta de la Comisión de Procuración y Administración de Justicia, quien defendió la iniciativa enviada asegurando que las otras propuestas también se centraron únicamente en proteger a los médicos durante la pandemia.

Finalmente, el artículo 357 quedó de la siguiente manera:

Cuando la conducta (discriminación) sea cometida en contra de médicos, cirujanos, personal de enfermería, y demás profesionales similares y auxiliares, del sector privado o público durante el periodo que comprenda la declaración de una emergencia sanitaria, la pena de prisión incrementará de tres a seis años

También se adicionó un artículo 338 bis al Código para que las sanciones por delitos cometidos contra personal médico aumenten durante cualquier contingencia sanitaria

Tratándose de delitos cometidos contra médicos, cirujanos, personal de enfermería y demás profesionales similares y auxiliares del sector público que presten servicios de salud en términos de la ley de la materia, que en ejercicio de sus funciones o derivado de las mismas, durante el tiempo que comprenda la declaración de una emergencia sanitaria, la pena aumentará en un tanto, además de la que corresponda por el o los delitos cometidos.

El Ejecutivo Estatal será notificado sobre la decisión del Pleno para la publicación de las modificaciones en el Periódico Oficial del Estado.

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