Redacción PH

La Sala Regional Ciudad de México del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Tepjf), determinó que Claudia Rivera Vivanco, ex edil de Puebla, no ejerció violencia política en razón de género en contra de Yasmín Flores Hernández, exconsejera jurídica del Ayuntamiento.

El Tribunal Electoral resolvió, este jueves, el juicio SCM-JDC-39/2023 promovido por Rivera Vivanco en contra del Tribunal Electoral del Estado de Puebla (TEEP).

La morenista exigía que el TEEP revirtiera su inscripción en el Registro Nacional de Personas Sancionadas en Materia de Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género (RNPS).

Su caso fue analizado por la magistrada María Guadalupe Silva Rojas quien en su resolutivo descartó que Claudia Rivera cometiera violencia económica, simbólica o psicológica en contra de la ex consejera.

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En la cuestión económica señaló que el pago diferenciado estaba justificado, incluso Yasmín Flores recibió un aumento de sueldo cuando fue nombrada titular de otra área.

Se precisó que el TEEP vulneró el principio de presunción de inocencia en contra de la ex presidenta municipal, además tampoco se halló prueba alguna y/o contundente que mostrara que la ex edil ejerció violencia psicológica y simbólica, ni se encontraron muestras de una presunta humillación pública.

Es así que se determinó que “no quedó acreditado que la parte actora hubiera humillado y denostado a la denunciante (…) y no puede afirmarse la existencia de violencia psicológica y simbólica en el caso, en consecuencia, al ser fundados los elementos analizados, se propone revocar la sentencia”.

La relevancia del fallo destaca porque la ex alcalde ya no tiene impedimentos para participar en el proceso electoral de 2024, proceso en el cual aspira a ser candidata a la gubernatura.