Jueves, febrero 06, 2025

15 julio, 2024

Redacción PH

Con 34 votos a favor, Congreso de Puebla aprueba la Ley de Muerte Digna

Además de aprobar la despenalización del aborto hasta las 12 semanas, los integrantes de la LXI legislatura cerraron su último periodo ordinario aprobando la Ley de Voluntad Anticipada o de muerte digna, la que permitirá que las personas en etapa terminal puedan expresar su voluntad para permitir que se les suministre o no tratamiento médico para prolongar su vida.

Con 34 votos a favor, dos en contra y cuatro abstenciones fue aprobada la propuesta del diputado del PT, Miguel Octaviano Huerta, proyecto que establece las normas, requisitos y formas de realización de la voluntad de una persona para que exprese su decisión de someterse o no a procedimientos médicos que pretendan prolongar su vida cuando se encuentre con enfermedad en estado terminal.

“La Voluntad Anticipada tendrá como objetivo garantizar que toda persona, en caso de que llegase a padecer una enfermedad y estar en situación terminal, reciba los cuidados paliativos enfocados a no prolongar la agonía y el dolor en el proceso de su muerte”, señala el proyecto aprobado.

Para poder acceder a ese derecho, las personas deberán solicitar el formato de Voluntad Anticipada, documento oficial que emitirá la Secretaria de Salud y será suscrito por el enfermo en situación terminal, en el que manifestarán su voluntad libre, inequívoca, consciente e informada, a rechazar un determinado tratamiento médico que alargue la vida en situación de agonía.

En caso de que el enfermo en situación terminal sea menor de edad o se encuentra incapacitado para expresar su voluntad, las decisiones podrán asumirlas sus padres o tutor.

La ley también establece que toda persona mayor de edad, en pleno uso de sus facultades mentales, tiene el derecho a suscribir, en cualquier momento e independientemente de su estado de salud, el Documento de Voluntad Anticipada.

La ley también obliga a los familiares del enfermo en situación terminal a respetar la decisión que de manera voluntaria tome el enfermo.

¿Cómo solicitar el documento de Voluntad Anticipada en Puebla?

De acuerdo con el proyecto de Ley, el documento de Voluntad Anticipada podrá suscribirlo:

  • Toda persona con capacidad de ejercicio
  • Cualquier persona con diagnóstico de enfermedad en estado terminal
  • Los familiares del enfermo con diagnóstico de enfermedad en estado Terminal cuando éste se encuentre de manera inequívoca impedido para manifestar por sí misma su voluntad
  • Los padres o tutores del Enfermo en situación terminal cuando éste sea menor de edad o incapaz declarado legalmente. Éstos deberán acreditar con el acta correspondiente el parentesco a que haya con el enfermo terminal.

Ademas, este documento deberá contar con las siguientes formalidades y requisitos:

  • Realizarse de manera personal, libre e inequívoca ante Notario Público o personal de salud según corresponda y ante dos testigos
  • La firma y nombre de quien la otorga
  • El nombramiento de un representante y, en su caso, un sustituto, para velar por el cumplimiento de la voluntad del enfermo en situación terminal en los términos del propio documento
  • Lugar, fecha y hora en que se firma
  • La manifestación de la voluntad respecto del deseo de donar o no los órganos

La Ley fue rechazada por los diputados panistas, Rafael Micalco y José Miguel Espinosa, mientras que Guadalupe Leal, Karla Rodríguez, Nancy Jiménez y Mónica Rodríguez Della Vecchia, también panistas votaron en abstención.

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