Congreso de Puebla este jueves votará reforma al artículo que castiga el ciberasedio

Mañana jueves 10 de julio el pleno del Congreso de Puebla votará en el Pleno las modificaciones del artículo 480 del Código Penal, que regula el delito de ciberasedio, confirmó Laura Artemisa García Chávez, presidenta del legislativo poblano.
La votación significará la anulación de facto de la acción de inconstitucionalidad contra el artículo 480 del Código Penal del estado de Puebla, que el martes interpuso el PAN, en coordinación con el Dr. Luis Enrique Sánchez Díaz, profesor-investigador de la BUAP.
Así lo ha confirmado García Chávez, presidenta de la Junta de Gobierno y Coordinación Política, quien además consideró que la acción de inconstitucionalidad promovida es solo una estrategia mediática del partido blanquiazul.
Por el contrario, acusó que sí hubo “múltiples oportunidades” para que el PAN participara en la discusión y presentara sus propuestas, en referencia a las mesas de trabajo y foros ciudadanos que organizó el Congreso.
Sin embargo, dijo que en dichos espacios los diputados panistas poblanos no hicieron aportaciones constructivas y su única demanda fue la derogación total del delito.
“Es decisión que ellos han tomado, creo que puede resultar más mediático que de fondo el resultado de lo que están haciendo. De fondo sería que participaran e hicieran propuestas en concreto”. acusó.
La propuesta que se votará en el pleno elimina los conceptos de “insulto” e “injuria”, sustituye el término “insistencia” por “reiterada” y señalas penas de seis meses a tres años de prisión.
Para que sea considerado delito, la nueva redacción establece que comete el delito de ciberasedio quien, utilizando tecnologías de la información, redes sociales, correo electrónico o cualquier espacio digital, de forma reiterada o sistemática, realice actos de vigilancia, hostigamiento, intimidación u ofensa que alteren la vida cotidiana, perturben la privacidad o dañen la integridad física o emocional de la víctima.
Además, indica que la autoridad deberá considerar el contexto de los hechos para determinar la existencia del delito, que será perseguido a petición de parte, salvo en casos donde la víctima sea menor de edad, persona con discapacidad o exista una relación de autoridad o subordinación, en cuyo caso será perseguible de oficio.
En caso de que la propuesta sea aprobada por los diputados, la impugnación del PAN carecerá de fundamento jurídico y quedará sin materia.
Autor
Redacción PH