En comisiones diputados aprueban la despenalización del aborto en Puebla

La Comisión de Procuración y Administración de Justicia del Congreso de Puebla aprobó la despenalización del aborto antes de las 12 semanas de gestación, por lo que el próximo lunes 15 de julio el dictamen será llevado al pleno para ser discutido y votado.
En una breve sesión, las diputadas y diputados avalaron con cinco votos a favor, cero en contra y una abstención reformas al Código Penal del Estado para que las mujeres y personas gestantes puedan interrumpir su embarazo hasta las 12 semanas de gestación sin ser criminalizadas.
El dictamen partió de dos iniciativas presentadas por las bancadas de Morena y el Partido del Trabajo (PT), para reformar el Artículo 339.
Durante la sesión hubo poca discusión en torno al tema, pues sólo posicionó el diputado local del PAN, Miguel Espinosa de los Monteros Gil, para manifestar su rechazo a la despenalización aborto.
El panista pidió frenar la discusión y no aprobarlo “al vapor, en fast-track o en lo oscurito” y abrir diálogo con todos los sectores de la sociedad.
Mientras, el morenista Fernando Sánchez Sasia y quien hace unos días propuso criminalizar la protesta social, si bien no se posicionó en contra, dejó abierta la posibilidad de que al legalizar la práctica, podría “fomentar la práctica del aborto en las mujeres” o si no habrá una “proliferación de clínicas clandestinas” tras las reformas.
Mientras, el resto de diputados decidió no intervenir posicionarse y votaron, a favor lo hicieron Eduardo Alcántara Montiel, Patricia Valencia Ávila y Silvia Tanús Osorio, todos del Grupo Plurar, además de Yolanda Gámez Mendoza y Gerardo Hernández Rojas, mientras que en abstención votó Sánchez Sasia.
Destaca la ausencia de la panista y presidenta de la Comisión de la Familia y los Derechos de la Niñez, Mónica Rodríguez Della Vecchia, quien presentó justificante para faltar.
Debe recordarse que la reforma si bien legaliza el aborto voluntario hasta las 12 semanas, sigue castigando el aborto después de ese periodo y el aborto forzado.
De acuerdo con el artículo 340 se impondrán de seis meses a un año de prisión a la mujer o persona gestante que voluntariamente procure su aborto o consienta que otro la haga abortar, después de las 12 semanas de embarazo.
Además, al que hiciere abortar a una mujer o persona gestante con consentimiento después del periodo de tiempo permitido, se le aplicarán de uno a tres años de prisión, sea cual fuere el medio que empleare.
También se modificó el Artículo 341 para incrementar las sanciones por aborto forzado, el cual se castigará de cuatro a ocho años de prisión cuando se interrumpa el embarazo sin el consentimiento de la persona gestante.
Si dicha práctica se hiciera mediante violencia física o moral, se impondrán de ocho a 10 años de prisión.
Además se mantiene el derecho al aborto en cualquier momento del embarazo en los casos de que sea causado solo por imprudencia de la mujer o persona gestante, cuando sea resultado de una violación o de una inseminación artificial no consentida, cuando en caso de no provocarse el aborto, la mujer o persona gestante corra peligro de muerte, a juicio del médico que la asiste.
También cuando a juicio de un médico especialista exista razón suficiente para diagnosticar que el producto presenta alteraciones genéticas o congénitas que puedan dar como resultado daños físicos o mentales en el mismo, siempre que se determine mediante dictamen médico y se tenga el consentimiento de la mujer o persona gestante.
El dictamen será discutido y votado por el Pleno del Congreso local el próximo 15 de julio, durante la última sesión ordinaria que tendrá la LXI Legislatura.
Autor
Redacción PH