La Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef) determinó que los tarjetahabientes que detecten cargos no reconocidos en sus cuentas, deberán recibir el reembolso de manera casi inmediata, siempre y cuando sean verificables.

Las circulares precisan que los cargos objeto de la reclamación procederán siempre que correspondan a operaciones realizadas en las 48 horas previas.

De momento, la modificación beneficia va dirigida a las cuentas de depósito a la vista (tarjeta de débito), la cual deberá permitir al cliente presentar avisos de robo o extravío, o reclamaciones por cargos no reconocidos como propios.

La entidad en ningún caso podrá requerir al tarjetahabiente que realice trámite adicional a la presentación de estos avisos”.

Una vez que se presente el aviso, la institución deberá abonar en su respectiva cuenta, a más tardar el segundo día hábil bancario el monto equivalente a los cargos realizados, siempre y cuando estos hayan sido hechos 48 horas previas a la notificación y que no sean reconocidos por el tarjetahabiente.

No siempre procederá

Sin embargo en caso de que –dentro del plazo indicado—se compruebe que los cargos objeto del aviso respectivo, corresponden a operaciones con la tarjeta de débito asociada a la cuenta de depósito, que hayan sido realizadas tras aplicarse, al menos, dos medidas de autenticación.

En ese caso, la institución podrá obtener la devolución del monto correspondiente al abono sólo cuando acredite al cuentahabiente que el cargo respecto del cual haya realizado dicho abono derivó de una operación debidamente autenticada.

Estas medidas aplican prácticamente del mismo modo para cargos no reconocidos en las tarjetas de crédito.

Dicha medida entrará en vigor hasta septiembre del 2019.