¿Qué se pierde y qué se gana con la Reforma Educativa propuesta por Barbosa?
Redacción
La iniciativa de Ley de Educación impulsada por el gobernador Miguel Barbosa Huerta está causando polémica no sólo porque pasó fast track en la Comisión de Educación, sino también porque terminaría por someter a las escuelas públicas, privadas y universidades al gobierno del estado.
Así lo han advertido los rectores integrantes del Consorcio Universitario quienes este jueves en un desplegado se sumaron a las voces que exigen se discuta y se escuche a todos los actores antes de aprobarse la propuesta que fue presentada hace apenas tres días en el Congreso del Estado.
Lo bueno:
Someterá a escuelas públicas y privadas a procesos de rendición de cuentas y de vigilancia para impedir abusos en el cobro de cuotas y garantizar que cumplan con las normas de orden público que rigen al proceso educativo.
De acuerdo con el artículo 146 la SEP podrá tener injerencia en las cuotas de las instituciones privadas a petición de los alumnos o tutores.
También podrá investigar si los cobros son excesivos o injustificados.
Las escuelas privadas deberán contar con el certificado de validez oficial para poder ostentarse como plantel incorporado a la Secretaría de Educación estatal y los permisos correspondientes, de lo contrario se clausurará inmediatamente.
Se sancionará a las escuelas privadas por retener documentos personales y académicos por falta de pago, así como por difundir datos personales sin la autorización del tutor.
Se sancionará a las instituciones que expidan certificados, constancias, diplomas o títulos a quienes no cumplan los requisitos.
Tampoco se podrá condicionar la prestación del servicio educativo a la adquisición de uniformes, materiales o actividades extraescolares.
Las escuelas quedan obligadas a dar a conocer por escrito y de manera anticipada el costo de la inscripción de cada ciclo escolar, el costo total de la colegiatura u otra contraprestación.
Según el artículo 105 los muebles e inmuebles destinados a la educación impartida tanto pública como privada tendrán que ser autorizados o contar con reconocimiento de validez oficial.
En el artículo 112 señala que los colores que se utilicen en los inmuebles destinados al servicio público educativo serán de color neutro.
Las escuelas no deberán consignar los nombres de los funcionarios públicos y representantes populares durante el desempeño de su encargo, el de sus cónyuges o parientes hasta el segundo grado.
Las autoridades estatales vigilarán que la educación impartida por particulares cumpla con las normas de orden público que rigen al proceso educativo.
La SEP deberá elaborar un Programa Educativo Estatal que tendrá un carácter plurianual y contendrá de manera integral aspectos sobre la infraestructura y el equipamiento educativo, el avance de los planes y programas, la formación y prácticas docentes, entre otras.
Los gobiernos municipales deberán participar en el mantenimiento de los planteles e instalar y operar un consejo municipal de participación escolar.
La iniciativa de reforma también busca prohibir la distribución y comercialización de alimentos chatarra y bebidas energizantes dentro de las escuelas, sean públicas o privadas.
Privilegia la educación obligatoria, universal, pública, inclusiva y laica, reconociendo el derecho de todas las personas a acceder a la educación.
Prohíbe la exclusión por motivos de origen étnico o nacional, creencias religiosas, convicciones éticas o de conciencia, sexo, orientación sexual o de género, así como por sus características, necesidades, intereses, capacidades, habilidades y estilos de aprendizaje, entre otras.
Propone que la educación sexual sea bajo un enfoque integral y reproductivo que implica el ejercicio responsable de la sexualidad, la planeación familiar, la maternidad y la paternidad responsable, la prevención de los embarazos adolescentes y de las infecciones de transmisión sexual.
Al finalizar cada ciclo escolar los directores de escuelas públicas y privadas deberán rendir cuentas y presentar un informe de actividades.
Lo malo:
Varias de los artículos afectan los principios de certeza jurídica, simplificación y equidad entre las entidades educativas, principalmente las de educación superior.
Aunque se busca transparentar también se obligaría a las universidades públicas, una de ellas la BUAP, a ceder el proceso de fiscalización a la Auditoría Superior del Estado (ASE) y “cooperar”, pese a que la mayoría de sus ingresos provienen de la federación además que la rinde cuentas a la ASF.
En caso de que la universidad se niegue a cooperar o se encuentre anomalías habrá sanciones administrativas, civiles y penales contra quienes resulten responsables.
Obliga a las universidades a presentar un programa de la gestión y ejecución de recursos, el cual estará quedará sujeto a cambios por parte de la autoridad educativa en el estado.
De acuerdo con el artículo 121 será el gobernador quien podrá proponer la asignación de recursos para cada uno de los niveles de educación.
Mientras la ASE se haría cargo de las universidades, la Secretaría de Educación Pública (SEP) podría tener injerencia en las cuotas de las escuelas privadas, situación que de acuerdo con las instituciones es una sobre regulación y viola el principio de auto gestión al que tienen derecho las escuelas privadas.
De acuerdo con el Consorcio Universitario la iniciativa impone disposiciones de carácter general que no reconocen a los particulares ningún derecho, excepto el de impartir educación en sus diversos tipos y modalidades.
Extiende la prohibición de la venta de alimentos con bajo valor nutritivo y alto contenido calórico, a las inmediaciones de las escuelas, lo que podría afectar a los negocios de los alrededores.
La ley que consta de 12 títulos, 155 artículos y 8 artículos transitorios, y que no fue discutida con ningún actor del sector educativo, será votada este viernes 15 de mayo en la sesión virtual del Pleno que está programada para las 11:00 horas.
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Redacción PH