La Suprema Corte de Justicia de la Nación de México (SCJN) podría emitir un amparo para dar a conocer el expediente del cardenal Norberto Rivera Carrera, arzobispo primado emérito de la Arquidiócesis de México, sobre las denuncias que tiene en su contra por el posible ocultamiento de casos de pederastia de 15 sacerdotes.

La apertura se lograría bajo el argumento que la publicidad en asuntos relacionados con graves violaciones a los derechos humanos o delitos de lesa humanidad debe interpretarse con base en la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública.

Fue el 19 de diciembre de 2016 cuando Rivera Carrera declaró: “Yo no he protegido absolutamente a ningún pederasta. De hecho, aquí en la arquidiócesis al menos unos 15 sacerdotes han recibido no solamente el juicio, sino sentencias que afortunadamente no tenemos que dar nosotros”.

Su declaración abrió la puerta para que el activista Óscar Athié denunciara penalmente a Rivera Carrera por omitir informar al Ministerio Público sobre la posible comisión de actos pederastas, tras documentar que el arzobispo se refería sólo a procesos eclesiásticos que nunca fueron notificados a las autoridades.

Sus señalamientos fueron corroborados por la Secretaría de Gobernación y la Procuraduría General de la República que confirmaron que no existían tales denuncias y que no se habían interpuesto ante la Procuraduría General de Justicia de la Ciudad de México. Fue entonces que la Fiscalía Especial para los Delitos de Violencia contra las Mujeres y Trata de Personas de la PGR, indicó que el cardenal se había equivocado en el número y que no eran 15 sino 6 los sacerdotes implicados.

El tema llegó a la SCJN en 2018, pero el proyecto de sentencia del ministro José Ramón Cossío Díaz, quien proponía amparar a Alberto Athié solo fue apoyado por su homólogo Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, por lo que el asunto terminó siendo desechado.

Ahora el ministro Alfredo Gutiérrez Ortíz Mena propondrá que el Ministerio Público siga los lineamientos constitucionales fijados sobre la excepción de dicha reserva, sobre todo cuando se tratan de casos que involucran perturbadoras violaciones a los derechos humanos.