La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) dio un paso más hacia la reglamentación del uso de marihuana medicinal, al aprobar por unanimidad, conceder un amparo un menor con discapacidad múltiple y epilepsia resistente a fármacos, para cuyo tratamiento necesita aceite de tetrahidrocannabinol (THC), un producto medicinal a base de cannabis.

La orden de la Corte llega después de que Margarita Garfias interpusiera un amparo porque su hijo de 14 años, quien padece síndrome de West y requiere un tratamiento a base de THC, sin embargo el menor no podía acceder al tratamiento por los vacíos en la legislación sobre marihuana medicinal.

Ahora la Secretaría de Salud tendrá que reglamentar en un plazo de 180 días el uso medicinal del cannabis y sus derivados.

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Y es que, aunque en 2017 entró en vigor un decreto que reformó diversas disposiciones de la Ley General de Salud para regular el uso medicinal de la marihuana y sus derivados, a la fecha, la Secretaría de Salud no ha emitido los reglamentos y la normativa correspondiente.

Ello pese a que desde ese año el uso medicinal de la marihuana está permitido en la ley, pero no regulado.

Por ello la SCJN resolvió que la SSa vulneró los derechos de un menor con discapacidad al incumplir su deber.

“En ausencia de las normas que regulen el uso terapéutico de la cannabis, se imposibilita a (Carlos) acceder a un tratamiento con base en esta sustancia o cualquiera de sus derivados dentro del país; situación que, inevitablemente, resta eficiencia a su derecho a salud”.

La sentencia también sostiene que el Estado mexicano tiene la obligación de asegurar a las personas, especialmente a los menores, el más alto nivel posible de salud, por lo que la dependencia tendrá 180 días hábiles para armonizar la disposiciones en el uso terapéutico de la cannabis y garantizar a Carlos el tratamiento médico integral que requiere para su padecimiento.