Redacción PH

Eduardo Alcántara Montiel, diputado del PAN, había sido acusado por Erika de la Vega Gutiérrez, exaspirante a candidata a la presidencia municipal de San Pedro Cholula en 2021, de violencia política de género, hostigamiento sexual, amenazas y solicitudes de tipo sexual y económico, acusaciones que fueron acreditadas.

Confirmó la Sala Regional Ciudad de México del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Tepjf), al resolver este jueves el juicio SCM-JDC-374/2022, que promovió la exaspirante.

“Se concluye que en el caso del denunciado está acreditado que cometió violencia política contra las mujeres por razón de género, porque los actos de hostigamiento sexual acusados por la actora se dieron en el marco de su participación política como simpatizante de un partido y aspirante a una candidatura a un cargo de elección popular”.

El nuevo fallo fue resultado de la demanda que presentó la afectada contra la resolución emitida por el Tribunal Electoral del Estado de Puebla (TEEP) el 6 de octubre de 2022, cuando declaró la inexistencia de las infracciones denunciadas por Érika de la Vega.

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La denuncia de De la Vega la habría presentado primero ante el Instituto Electoral del Estado (IEE), que remitió el expediente al TEEP para su resolución.

Además, el Tepjf también determinó que Genoveva Huerta Villegas, entonces líder del PAN, fue omisa a la denuncia de la afectada, porque supo de las conductas que cometió el actual diputado local y no investigó ni sancionó.

Con el nuevo fallo se confirma que Alcántara intentó anular o restringir el ejercicio de los derechos político-electorales de Érika de la Vega, al pretender condicionar su participación en el proceso interno del PAN a través de amenazas y solicitudes de tipo sexual y económico, lascivas de su dignidad e integridad física y psicológica.

Ahora corresponderá al TEEP emitir una sanción contra el diputado, mientras que a la diputada Genoveva Huerta se le recomendó deberá evitar conductas de omisión.

Cabe mencionar que Eduardo Alcántara tiene la posibilidad de impugnar la resolución ante la Sala Superior del TEPJF, la máxima instancia en materia político-electoral que podrá confirmar o revocarla.