Un día después de que René Sánchez Galindo, secretario de Gobernación Municipal (Segom), lo señalara como el responsable del aumento de ambulantes en el Centro Histórico, el exalcalde de Puebla, Luis Banck Serrato, negó que durante su administración se hayan hecho modificaciones al Coremun.

A través del área de comunicación, el ahora jefe de la Oficina del Ejecutivo Estatal, respondió a los señalamientos, asegurado que es “falso” que en la pasada administración se entregaran permisos para que los comerciantes informales se asentaran en la calle 5 de mayo, con motivo de la temporada de fin de año.

Y es que, hace un día Sánchez Galindo responsabilizó a Banck Serrato de haber cometido una “perversidad” al entregar los permisos y modificar el capítulo 16 del Código Reglamentario Municipal (Coremun), impidiendo incluso, el decomiso y retiro inmediato de los informales.

No se otorgó ningún permiso sobre la calle 5 de Mayo, desde avenida Reforma a la 18 Poniente, porque estas celebraciones no están contempladas en el artículo 637 del Coremun como ‘Fiestas Tradicionales´, cita el comunicado.

Al mismo tiempo advierte que es “infundada” la afirmación, ya que, el procedimiento vigente para realizar aseguramientos o decomisos de mercancías a los ambulantes irregulares está contemplado en el artículo 651 ter y las sanciones en el 652, por lo que aplicar dichas multas es responsabilidad de la administración en funciones.
Al mismo tiempo deja en claro que las modificaciones que se realizaron al capítulo 16 no limitan la actuación de la autoridad, sino que permiten realizar los operativos de decomisos y la imposición de sanciones a comerciantes irregulares con mayor eficacia jurídica.

Finalmente deja en claro que las modificaciones que hicieron y fueron aprobadas en el Cabildo entre 2014 y 2018, consistieron en incluir la figura de los artistas urbanos, para diferenciarles de los comerciantes, por lo que se reformó el artículo 640, segundo párrafo y el artículo 643, fracción IV.

También se advierte que otras de las modificaciones fue en el artículo 640, en su párrafo 8, la cual prohíbe entregar permisos en la Zona de Monumentos, además de cambios que precisan las atribuciones del jefe de departamento de Vía Pública y los Inspectores.

Contrario a lo que Galindo aseveró con las modificaciones al artículo 641, apartado A, fracción IV, se fortaleció la actuación de la autoridad, al facultar al departamento Vía Pública para solicitar el auxilio de la fuerza pública ante la comisión de faltas administrativas.

Finalmente el artículo 651, fracción IX, prohibió el ejercicio del comercio ambulante o semifijo, sin el permiso correspondiente, mientras que al 652 fue con el fin de agilizar el procedimiento para imponer sanciones a los ambulantes.