Lunes, noviembre 25, 2024

2 febrero, 2023

Redacción PH

SCJN ordena a autoridades responder peticiones por Twitter

Redacción PH

Un ciudadano de Guadalajara hizo tres peticiones al ayuntamiento de Guadalajara, requerimientos que fueron ignorados por la autoridad que argumentó que no se trataban de peticiones de carácter formal.

El caso llegó a la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), que el miércoles 1 de febrero emitió una sentencia que ampara al ciudadano para que solicitud via Twitter sea resuelta por las autoridades.

La sentencia crea un precedente precedente obligatorio que permitirá a los ciudadanos denunciar deficiencias en los servicios públicos, o solicitar información a las autoridades con cuenta en redes sociales, quienes tendrán la obligación de responder en los mismos medios en los que se les haga la petición o reclamo.

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El amparo concedido por los ministros, cuyo proyecto elaboró ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo, establece que las “peticiones formuladas a una autoridad a partir de la plataforma Twitter, sí encuentran protección en el artículo 8 constitucional; siempre y cuando, exista confirmación de que: (a) la respectiva autoridad es titular de la cuenta a partir de la cual se formulan dichas peticiones; y de que (b) a partir de la misma, realiza actos de interacción con la ciudadanía”.

La SCJN también señaló que para que las solicitudes sean respondidas deben darte ciertas condiciones.

  • Que la autoridad sea titular de la cuenta a la que se formulan tales peticiones.
  • Que la autoridad haya habilitado normativa o institucionalmente el uso de esa red social como parte del ejercicio de su actuar oficial, aún si ello ocurre a partir de la práctica cotidiana.
  • Que existan indicios de que el uso que esa autoridad da a la plataforma es el de captar y, en su caso, responder peticiones, y no sólo un uso mediático o de simple diálogo con los particulares y,
  • Que lo externado por el particular sea una genuina petición, más allá de un comentario u opinión.
  • Que la petición sea pacífica y respetuosa.

La sentencia también señala que las peticiones ciudadanas -hechas a través de Twitter o de cualquier otra red social- necesariamente deben obtener una respuesta de la autoridad, siempre y cuando cumplan las condiciones antes mencionadas.

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