Redacción

El Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Sexto Circuito determinó que son inconstitucionales las tarifas del agua que aprobó el Congreso de Puebla en 2014 y que aplica la concesionaria Agua de Puebla, por permitir aumentos mensuales que en algunos casos han triplicado el costo del servicio.

El tribunal declaró la inaplicación de la tarifa a raíz del amparo promovido por 189 ciudadanos que defendió el abogado Gilberto Vladimir Montalvo González, quien explicó que el tribunal declaró la inaplicación de la tarifa para los inconformes el pasado 13 de febrero.

Además, a los usuarios que se ampararon deberá devolvérseles lo que pagaron en exceso en los últimos cuatro años, además que el Poder Legislativo deberá corregir la tarifa para que no siga afectando a los cerca de 500 mil usuarios que tiene el servicio.

Son 105 pesos mensuales. Las tarifas las estableció el Congreso. Nos amparamos en contra de ese acuerdo tarifario y el tribunal finalmente nos amparó, le van a tener que devolver todo el dinero que pagaron los últimos cuatro años y hacer los ajustes.

Y es que la actual tarifa transgrede el derecho humano al agua consagrado en el artículo 4 de la Constitución debido a que permite a la concesionaria hacer aumentos mensuales con base en el incremento del salario mínimo, el costo de la energía eléctrica y la inflación.

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También se resolvió que los aumentos mensuales carecen de base legal porque el salario mínimo se actualiza anualmente.

Es desproporcional al índice del salario mínimo al aplicarse una fórmula de interés compuesto en perjuicio del usuario (…) lo cual sería más gravoso que pagar una sola actualización anual.

La sentencia también sugiere un sistema normativo eficaz que prevea una supervisión del Sistema Operador de Agua Potable y Alcantarillado del Estado de Puebla (Soapap) y que éste realice la actualización.