Redacción PH

Por omitir llevar a cabo una consulta entre pueblos y comunidades indígenas, población afromexicana y personas con discapacidad, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó diversos artículos de la Ley de Educación para el Estado de Puebla, proyecto presentado por el gobernador Miguel Barbosa Huerta y aprobado en fast track por el Congreso de Puebla.

Determinaron los ministros al avalar el proyecto del ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo, quien advirtió que la LX Legislatura local violó los principios de igualdad y no discriminación, al omitir llevar a cabo una consulta entre las personas con discapacidad y personas de comunidades indígenas del estado, con lo que violó su derecho a participar libre y de manera informada con respecto al tema.

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Lo anterior derivado a las acciones de inconstitucionalidad promovidas por algunos integrantes de la Sexagésima Legislatura del Congreso de Puebla y de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) en los expedientes 131/2020 y 186/2020, que buscaban invalidar diversas disposiciones de la Ley de Educación del Estado de Puebla.

Fue así como declararon inválidos de los artículos 46, 47, 48, 51, 52, 53, 54, 55 y 56 de la Ley de Educación del Estado de Puebla al determinar procedente y fundada la acción de inconstitucionalidad.

Con el fallo el Congreso de Puebla queda obligado a desarrollar una consulta con las personas indígenas y en materia inclusiva, entonces nuevamente someter a votación los artículos mencionados.