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8 mayo, 2020

Redacción PH

Así aplicará el Hoy No Circula en Puebla

Redacción

Guillermo Aréchiga Santamaría, secretario de Movilidad y Transporte del estado de Puebla, anunció que el programa Hoy No Circula, que tendrá un carácter temporal, únicamente se aplicará en 20 municipios del estado, los de mayor movilidad.

Durante la conferencia matutina de este viernes, el funcionario precisó que el horario de aplicación será de las seis de la mañana a las 10 de la noche.

El calendario a cumplir en función de la terminación de la placa, sin considerar el engomado es: Lunes, 5 y 6; Martes, 7 y 8; Miércoles, 3 y 4; Jueves, 1 y 2; Viernes, 9 y 0.

En fines de semana, los sábados no circularán los números pares 0, 2, 4,6 y 8 y en domingo, los números nones 1, 3, 5, 7 y 9.

En ese sentido, Aréchiga recordó que “no podrán circular tampoco aquellos vehículos que tengan verificación cero o doble cero y tampoco contará el color del engomado, nos estamos yendo estrictamente al numeral de la placa”.

Mientras que Miguel Barbosa Huerta también aclaró que la medida aplicará “parejo”.

Nada de cero y doble cero, aquí solamente el último número de la placa, nada que voy circulando con mi doble cero, mi BMW doble cero y por eso no me pueden parar, y nada del color de la placa, es el último número de la placa el día que determina el no circula.

Quien incumpla con la norma no recibirá un castigo económico, aunque su vehículo será llevado al corralón.

El programa iniciará el próximo lunes 11 de mayo en los municipios de Puebla, Tehuacán, San Martín Texmelucan, Atlixco, San Pedro Cholula, Amozoc, San Andrés Cholula, Zacatlán, Xicotepec, Izúcar de Matamoros.

Además de Chignahuapan, Ciudad Serdán, Coronango, Acatlán, Santa Clara Ocoyucan, Huauchinango, Cuautlancingo y Tecamachalco.

¿Quiénes están exentos?

Los vehículos que quedarán exentos de la medida y que podrán circular sin ningún problema son:

  • RUTA y transporte público
  • Servicio mercantil legalmente permisionado para actividades esenciales (taxis, funerarios, transporte de carga, de valores, paquetería y mensajería o reparto, de agua, de energéticos, arrastre y salvamento (grúas), particulares destinados para transportar personas con discapacidad -con placas autorizadas-.
  • Vehículos para transportar a personal del sector salud en todas sus modalidades.
  • Oficiales rotulados de dependencias de la administración pública federal, estatal o municipal con actividades esenciales.
  • Unidades de apoyo para programas sociales para evitar contagios.
  • De servicios de emergencia (Seguridad pública o privada).
  • Motos de reparto de alimentos o mensajería.
  • De seguros y fianzas.
  • De traslado de bienes agropecuarios.

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