Redacción

Con 26 votos a favor, ocho en abstención y seis en contra, los diputados locales aprobaron prohibir la colocación de propaganda electoral en espectaculares, transporte público, equipamiento urbano, parabuses o pantallas electrónicas, a partir de las elecciones de 2021.

Así lo acordaron este martes integrantes del Congreso de Puebla en sesión extraordinaria, al aprobar la reforma a la fracción IV y fracción IV Bis del artículo 232 del Código de Instituciones y Procesos Electorales del Estado (Coipep), propuesta por el gobernador Miguel Barbosa Huerta.

Aunque la iniciativa fue aprobada tal y como la envió el gobernador, aunque en esta ocasión los diputados del Partido del Trabajo (PT), integrante de la alianza lopezobradorista, votaron en contra de la propuesta del gobernador.

En tanto Morena, PRI, Encuentro Social y PVEM votaron a favor; PAN, PRD y Compromiso Por Puebla lo hicieron en abstención, mientras que toda la bancada del PT y Carlos Morales Álvarez de Movimiento Ciudadano lo hicieron en contra.

La reforma también frena la promoción política disfraza de publicidad en revistas, libros, periódicos y entrevistas, medios a través de los cuales los aspirantes también libraban los topes de campaña y la promoción anticipada.

También prohibió la propaganda en taxis, autobuses, microbuses, camionetas de pasajeros y todo vehículo del Servicio Público de Transporte de pasajeros, el Servicio Mercantil, los Servicios Auxiliares y el Servicio Ejecutivo, así como en sus respectivas terminales, sitios, bases u oficinas.

Para entender: Congreso local quita al gobierno el derecho de regular anuncios espectaculares

El cambio tampoco significa que los diputados dejarán de promoverse en la vía pública, pues tanto partidos y candidatos podrán fijar propaganda electoral en inmuebles de propiedad privada, siempre que medie permiso escrito del propietario.

También podrán hacer uso de bastidores o mamparas de uso común siempre en lugares que serán repartidos por sorteo en forma equitativa entre los partidos políticos registrados.

Sin embargo, en ninguno de los casos la publicidad podrá obstaculizar la visibilidad de los señalamientos tránsito u orientarse dentro de los centros de población. En caso de hacerlo corresponderá al Instituto Electoral del Estado (IEE) ordenar su retiro.