Redacción PH

La Cámara de Diputados aprobó este miércoles en lo general con 316 votos a favor, 129 en contra y 23 abstenciones el paquete de leyes que despenalizan el uso lúdico de la mariguana.

Con lo anterior, se autoriza la posesión de hasta 28 gramos de esta yerba para el consumo personal y el cultivo de seis plantas , y si en la vivienda hay más de un consumidor, podrán tener ocho; esto es sólo en personas mayores de 18 años.

Este dictamen avalado es distinto al que envió en noviembre el Senado, pues los diputados le hicieron modificaciones a las tres leyes: para la Regulación de la Cannabis, a la General de Salud y al Código Penal Federal.

La reforma aprobada también tiene que ver con la producción por asociaciones de cannabis para consumo de asociados; producción para la comercialización y ventas con fines lúdicos; producción con fines de investigación, y producción de cáñamo para fines industriales.

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Si en la vivienda donde se efectúa el consumo de cannabis, los consumidores deberán tomar las medidas necesarias que impidan que el humo pueda ser inhalado por personas no consumidoras.

Mientras, al igual que el tabaco sigue estando prohibido en escuelas públicas y privadas de todos los niveles, además de los espacios 100% libres de humo.

También se prevén sanciones a los menores de edad que consuman cannabis con fines lúdicos, mientras que quienes le provean o la faciliten a menores, incurrirán en un delito.

Será responsabilidad del Sistema Nacional de Salud instrumentar programas y acciones para la prevención y atención del uso problemáticos del cannabis con fines lúdicos.

La venta podrá hacerse exclusivamente en establecimientos autorizados por la Comisión Nacional contra las Adicciones (Conadic), mismos que no podrán hacer promoción de sus productos.

Toda persona que produzca o distribuya cannabis y sus derivados para su comercialización y venta con fines lúdicos requerirá una licencia.

En el caso de los productores y distribuidores de cáñamo, requerirán de licencia, la cual será otorgada por la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural (Sader), previa opinión de la Conadic que tendrá carácter vinculante.

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En el caso de los permisos de autoconsumo, serán expedidos a personas mayores de 18 años, no otorgarán más de un permiso por domicilio; la vigencia será de un año y la solicitud de permiso será resuelta máximo en tres meses.

Las licencias y permisos otorgados por la Conadic tendrán vigencia mínima de un año y máximo de cinco. Estos serán intransferibles.

Sanciones

Aquellas personas que traigan más de 28 gramos y hasta 200 gramos de cannabis, serán remitidas a la autoridad competente y sancionadas hasta con 10 mil 754 pesos.

Será multada hasta con 360 mil pesos a quien emplee a personas menores de 18 años para cultivar y poseer en su casa plantas de cannabis.

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Será sancionado hasta con 26 mil 886 pesos a quien consuma mariguana en lugares no autorizados por la Conadic, como en lugares 100% libres de humo de tabaco, en escuelas públicas y privadas.

También será castigado hasta con 36 horas de arresto a quien conduzca cualquier vehículo, maneje u opere equipo o maquinaria bajo los efectos de THC (tetrahidrocannabinol).