Janine Otálora Malassis, magistrada presidenta del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Tepjf), exigió a su par José Luis Vargas Valdez presente pruebas, luego de que públicamente le exigiera renuncia tras pronunciarse a favor de ratificar a Martha Erika Alonso Hidalgo, como gobernadora.

Desde su cuenta de Twitter la magistrada defendió su posición ante la exigencia.

Quien esté inconforme con su desempeño debe exigir, más allá de legítimas opiniones en medios, el esclarecimiento formal de los motivos de su inquietud.

En una serie de tuits la magistrada también recordó que fue electa para estar al frente por cuatro años y también descartó cualquier tipo de rompimiento o quejas por parte de los demás integrantes de la Sala Superior.

La integración actual de Sala Superior me eligió por unanimidad presidenta con un mandato de cuatro años. Tengo el respaldo de mis colegas para cumplir ese periodo.

La magistrada también le respondió al señalamiento que hizo sobre si abandonaba la presidencia, el Tribunal Electoral podría recuperar la unidad y liderazgo que se ha perdido, al aseverar que la función jurisdiccional en materia electoral exige un liderazgo cimentado en estricto derecho, mientras que la interlocución con actores políticos es parte del trabajo, pero no su motivación esencial.

La confianza es uno de los activos más importantes por los que debe velar un juez. Si se acusa la existencia de presiones y cabildeos de distintos actores, debe presentarse, como acto de elemental congruencia, una denuncia y acompañarse de las pruebas que se tengan. #

Uno de los primeros en pronunciarse fue la Asociación de Tribunales Electorales de la República Mexicana (Aterm) quien respaldó a Otálora Malassis a través de un comunicado.

Siendo conscientes de que la adopción de cualquier criterio en la resolución de los asuntos que se ventilan en el desempeño de su cargo constituyen un mero ejercicio de deliberación e interpretación legal propio de los órganos de impartición de justicia, por ningún motivo pueden ser objeto de acusaciones ni señalamientos que pretendan tener como consecuencia la remoción de un cargo, considerar lo contrario atentaría en contra de la autonomía y la imparcialidad del máximo órgano jurídico electoral de la nación y, en consecuencia, del libre ejercicio de la función jurisdiccional.