Redacción PH

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Tepjf) confirmó la resolución de la Sala Regional Especializada, en la que se sancionó a Morena por utilizar en su propaganda caricaturas del presidente Andrés Manuel López Obrador.

Jorge Álvarez Máynez, diputado de Movimiento Ciudadano, denunció el uso de la caricatura del mandatario por parte de Movimiento Regeneración Nacional durante los procesos electorales de 2022, en los que se renovaron seis gubernaturas.

En ese momento la Sala Regional Especializada determinó que la propaganda era indebida y determinó sancionar al partido. En respuesta, Morena acudió a la Sala Superior y señaló que no existía una prohibición legal para el uso de la caricatura de López Obrador.

Al debatirse en la Sala Superior y con el voto en contra del magistrado José Luis Vargas Valdez, se señaló que hay base constitucional y legal para sancionar la propaganda denunciada pues el uso de una imagen en caricatura de un servidor público de la más alta investidura que no contiende electoralmente contraviene el principio de equidad en la contienda, así como los principios de imparcialidad y neutralidad.

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Agregó que el uso de las caricaturas da una ventaja indebida en detrimento de la formación de las preferencias electorales de la ciudadanía y de otros partidos políticos, ya que se trata de una infracción a las reglas constitucionales y legales que rigen la propaganda electoral de los partidos políticos.

De igual manera, se manifestó que la propaganda política-electoral está limitada para promover las candidaturas, sus propuestas, así como al ideario y plataforma de los partidos políticos, pero no para capitalizar la imagen de un servidor público, a fin de obtener una ventaja indebida.

Finalmente, se expuso que el uso de la imagen que identifique a un servidor público en la propaganda, más si se trata del presidente de la República para posicionarse o para hacer un llamado al voto, no está permitido y no puede ampararse en modo alguno en el ejercicio de una libertad de expresión, como lo planteó Moreno.

Por dichas razones, la Sala Superior determinó que Morena incumplió con las reglas de propaganda electoral y vulneró los principios constitucionales de equidad e imparcialidad en los procesos electorales locales que transcurrieron al momento de la difusión de la publicación.

Con información de López-Dóriga Digital