Redacción

El Tribunal Electoral del Estado de Puebla (TEEP) desechó las denuncias de Nora Merino Escamilla contra su par Héctor Alonso Granados, tras determinar que no se pueden sancionar las expresiones que el diputado emite durante el debate parlamentario.

El fallo se da a conocer días después de que en sesión privada los magistrados resolvieran que no se pueden sancionar los dichos del legislador porque se encuentran protegidos por la inmunidad parlamentaria que otorgan la Constitución del país y la Constitución del estado.

En ese tenor se advierte que las opiniones que emiten los legisladores en el ejercicio de su cargo son “inviolables” y no pueden ser amonestados por expresarse.

Con la determinación y al declarar improcedentes las denuncias de Nora Merino Escamilla, también se ordena al Instituto Electoral del Estado (IEE) desechar las quejas de la legisladora y declarar concluido el caso.

Al dar por concluido también dejan de estar vigentes las medidas cautelares que impuso el IEE para proteger a la diputada, determinación que incluso señalaba que la legisladora podía solicitar protección.

Las medidas también obligaban al diputado a “abstenerse” de agredir verbalmente a alguna de sus compañeras del Congreso, advirtiéndole que en caso de violentarlas sería separado de su cargo en tanto se resolvían las denuncias.

Los magistrados también advirtieron que los hechos que la diputada buscaba sancionar no sólo no eran materia del órgano electoral y por el contrario atentaba contra “el estado de derecho, corriendo el riesgo de violentar el orden jurídico mexicano y poblano”.

Por ello, solo recomendaron al Legislativo modificar sus reglamentos internos para que les permita investigar y sancionar la violencia política.